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Especialidades del anteproyecto de ley en cuanto a la compraventa de inmuebles

Podeu consultar els materials complets de les Jornades a: http://cataleg.udg.edu/record=b1372200

En el seno del mercado inmobiliario ha sido frecuente desde hace muchos a帽os, la realizaci贸n de negocios sobre elementos en construcci贸n, incluso sobre elementos meramente ideales cuya construcci贸n ni siquiera estaba comenzada. La raz贸n de estos negocios se encuentra en la reducci贸n de costes: costes de adquisici贸n para el comprador o futuro adquirente de toda o parte de la obra, y costes de financiaci贸n para el futuro transmitente o 鈥渃onstructor鈥. Sin embargo, la naturaleza indeterminada del objeto, o cuanto menos futura, provoca que una de las partes, el futuro adquirente, se encuentre en una situaci贸n de indefensi贸n frente a la otra que ya recibe cantidades a cuenta sin transmitir derecho alguno e, incluso, puede estar adquiriendo un derecho real de presente a cambio de la transmisi贸n futurade uno o varios derechos reales1. La preocupaci贸n del legislador por la protecci贸n de la parte d茅bil del negocio viene de antiguo y as铆, la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre 鈥減ercibo de cantidades anticipadas en la construcci贸n y venta de viviendas鈥, ya obligaba en estos casos al 鈥渃onstructor鈥 a constituir un aval para garantizar la restituci贸n de las cantidades que el comprador iba entregando a cuenta del futuro elemento, para el caso de que la construcci贸n finalmente no llegase a su fin

Documenta Universitaria

Author: Valle Mu帽oz, Jos茅 Luis
Abstract: Podeu consultar els materials complets de les Jornades a: http://cataleg.udg.edu/record=b1372200
En el seno del mercado inmobiliario ha sido frecuente desde hace muchos a帽os, la realizaci贸n de negocios sobre elementos en construcci贸n, incluso sobre elementos meramente ideales cuya construcci贸n ni siquiera estaba comenzada. La raz贸n de estos negocios se encuentra en la reducci贸n de costes: costes de adquisici贸n para el comprador o futuro adquirente de toda o parte de la obra, y costes de financiaci贸n para el futuro transmitente o 鈥渃onstructor鈥. Sin embargo, la naturaleza indeterminada del objeto, o cuanto menos futura, provoca que una de las partes, el futuro adquirente, se encuentre en una situaci贸n de indefensi贸n frente a la otra que ya recibe cantidades a cuenta sin transmitir derecho alguno e, incluso, puede estar adquiriendo un derecho real de presente a cambio de la transmisi贸n futurade uno o varios derechos reales1. La preocupaci贸n del legislador por la protecci贸n de la parte d茅bil del negocio viene de antiguo y as铆, la Ley 57/1968, de 27 de julio, sobre 鈥減ercibo de cantidades anticipadas en la construcci贸n y venta de viviendas鈥, ya obligaba en estos casos al 鈥渃onstructor鈥 a constituir un aval para garantizar la restituci贸n de las cantidades que el comprador iba entregando a cuenta del futuro elemento, para el caso de que la construcci贸n finalmente no llegase a su fin
Document access: http://hdl.handle.net/2072/296193
Language: spa
Publisher: Documenta Universitaria
Rights: Tots els drets reservats
Subject: Dret catal脿 -- Congressos
Catalan law -- Congresses
Dret civil -- Codificaci贸 -- Congressos
Civil law -- Codification -- Congresses
Title: Especialidades del anteproyecto de ley en cuanto a la compraventa de inmuebles
Type: info:eu-repo/semantics/conferenceObject
Repository: Recercat

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