Ítem
Prieto Santos, Jesús | |
Podeu consultar els materials complets de les Jornades a: http://cataleg.udg.edu/record=b1343647 De todos es conocido que la regulación de las crisis familiares en nuestro ordenamiento reciente, data de 1.981 (Ley 30/1981 de 7 de julio). Han hecho falta 23 años, para que se haya producido una voluntad firme de modificar la regulación, y para que se apunte a una modificación legislativa, en la que prime la libertad de las partes y su voluntad, en la que puedan divorciarse, sin requisitos previos, por su mutuo consenso, y sólo con una formalidad que parece pueda ser de trámite, salvo, seguramente, en los casos en que existan hijos menores de edad |
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http://hdl.handle.net/2072/296409 | |
spa | |
Documenta Universitaria | |
Tots els drets reservats | |
Dret de família -- Congressos
Domestic relations -- Congresses Separació conjugal -- Congressos Separation (Law) -- Congresses Compensació econòmica en cas de divorci -- Congressos Equitable distribution of marital property -- Congresses |
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Necesidad de regulación positiva de las pensiones en las crisis matrimoniales | |
info:eu-repo/semantics/conferenceObject | |
Recercat |